¿CLASIFICACION DE LAS CUENTAS CONTABLES?

Las cuentas contables están clasificadas en cuentas reales, de resultado.

·         CUENTAS REALES
En contabilidad, en el plan de cuentas existen unas cuentas denominadas reales, cuentas que conforman el balance general y de ahí su nombre.
Las cuentas reales o de balance, son pues aquellas cuentas que al cerrar el ejercicio contable, permanecen dentro del balance general de la empresa.
Recordemos que el balance general está compuesto por los activos, los pasivos y el patrimonio de la empresa, luego las cuentas reales con las cuentas que corresponden a estos rubros.
En el plan único de cuentas para comerciantes colombiano, las cuentas reales son las siguientes:
1: Activo
2: Pasivo 3: Patrimonio
11: Disponible
12: Inversiones
(…)
21: Obligaciones financieras
22: Proveedores
(…)
31: Capital social
32: Superávit de capital
(…)
1105: Caja
1205: Acciones

Este primer dígito de la cuenta es el que se conoce como clase, y cada clase se puede dividir en grupos, grupos a los que les corresponde los dos primeros dígitos del código:
Luego cada grupo se divide o clasifica en cuentas, que corresponde a los primeros 4 dígitos del código:
Estas son pues las cuentas reales, las que representan a cada uno de los activos, pasivos y el patrimonio de la empresa.

·        CUENTAS NOMINALES O DE RESULTADO

Las clases 4 ingresos, 5 gastos, 6 y 7 costos se le denominan cuentas nominales o transitorias.  Estas cuentas muestran el estado de pérdidas y ganancias PG en una organización a corte determinado. A diferencia del balance general el estado de resultados le indica a la empresa si obtuvo una utilidad o pérdida en el ejercicio inmediatamente anterior o analizado en el estado financiero. Un detalle en particular es que el saldo de ganancia o perdida según el caso, se debe trasladar inmediatamente a la cuenta patrimonio del balance general, es decir, si sabemos que adquirimos utilidad, esta, debe ir directamente al patrimonio del ente bien sea para que se repartan las utilidades entre los socios, para definir reservas que por lo general siempre son obligatorias, o para decidir en sí, que se realizara con ese dinero.

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